sábado, 11 de octubre de 2014

Honduras


Pueblos Originarios
Pueblo lenca

Ubicación: El Salvador Y Honduras


Lengua: extinta en las últimas décadas


Religión: cuerpo totalizador de su cultura

Profesan el catolicismo

El universo religioso de los campesinos de tradición lenca es el fruto del traslape-asimilación del
catolicismo español colonial  y las creencias prehispánicas


Los lencas representan en la actualidad una población indígena que tiende a desaparecer, producto de la constante latinización, la pérdida de su lengua y con ello, el desaparecimiento de gran parte de sus rasgos culturales


Ubicación geográfica: pese a que, tradicionalmente, se ha sostenido que solo tres departamentos: La Paz, Lempira, Intibucá. Son de población lenca, también existen poblaciones en los departamentos de Santa Bárbara, Comayagua, Francisco Morazán y Valle.
   

Pueblo Tolupán

Se les conoce peyorativamente como Xicaques pero su nombre autentico es Tolupan, que proviene del nombre de su lengua Tol.


Lengua: su lengua es el tol, se encuentra en estado de supervivencia; la hablan en forma aislada solo una porción de las personas adultas, solo en cuatro  de las tribus  mencionadas se encuentran todavía personas que la hablan


Ubicación  geográfica: Están ubicadas en la región nororiental de nuestro territorio, habitan en la montaña de la flor   y en el departamento de Yoro


A pesar de que la cultura Tolupan ha sido  en gran parte afectada históricamente por población No indígena, conservan su lengua y tradiciones
Las mujeres cosen sus vestidos con telas compradas y las túnicas de los hombres llamadas balandranes, con tela Dril
Pueblo maya Chorti

Ubicación geográfica: La población chorti que se ubica en nuestro país vive en zonas de difícil acceso en pequeñas comunidades de los municipios Copan Ruinas y el municipio de Santa Rita, departamento de Copan; así como también los municipios de la Antigua Ocotepeque, Nueva Ocotepeque y Sesenti en el departamento de Ocotepeque.


Su forma de vestir tradicional aún se mantiene. Su cultura musical esta expresada por una serie de instrumentos como la Teponagua, El Cortin, El Tambor, El Pito, Chinchin, Sonaja y El cuerno. La danza más representativa es el “baile de los Gigantes”


Su dieta alimenticia se reduce básicamente al uso del maíz y el frijol. El maíz es preparado de diferentes formas: en bebidas como el chilate , el pozol,  atole dulce y agrio(chuco), tortillas, tamal de viaje, el totoposte y bebidas embriagantes: chicha  mezclado con jugo de caña o piña fermentada


Religión: Los Chortis profesan culto y veneración a la naturaleza mediante los ritos a los dioses de la tierra y consagración a las simientes, y en honor a los dioses del viento 


Pueblo Nahua

El pueblo Nahua son de los pueblos indígenas de reciente organización y del que se han realizado menos estudios socio culturales, pero que su origen se deriva de una de las grandes culturas Nahuas


Provenientes del valle Central de México que bajo por el continente, poblando el actual territorio los valles Agalta, Olancho y Quiministan, Santa Bárbara, al menos hasta el momento de la conquista, aunque este es un pueblo que su incursión hacia el sur del continente lo llevo a establecerse en la actual Republica de Perú, donde aún existen y están organizados


Esta población se dedica al cultivo de maíz, frijoles, pequeños cultivos de arroz y yuca; asi como la crianza de animales domésticos. Reconocen que sus comidas y bebidas típicas provienen de derivados del maíz, cultivo que además del frijol y calabazo que constituyen su dieta alimenticia

No se conserva su lengua, su religión predomínate es la católica y la organización política que se reconoce de hecho es   la federación indígena Nahua de Honduras(FINAH), creada en 1996, como una instancia que fundamenta sus objetivos en el reconocimiento de su cultura como una porción autóctona del país  



Pueblo Miskitu

El pueblo Miskitu el proceso histórico de conformación de este pueblo se vio completado en la segunda mitad del siglo XIX, con el contacto de los Miskitu con la iglesia Morava, y empresarios extranjeros de la madera y el palo de hule, que intervinieron directamente en la constitución ideológica y religiosidad de los Miskitu hasta nuestros días  


Religión: la cultura Miskitu se expresa entre otros, mediante la religión, lengua, danzas, comidas, bebidas y costumbres ancestrales. Aún creen en un ser superior que llamaban Wan-Aisa(Nuestro Padre). También creen en dioses menores como Yulapta (el sol), Alwani (trueno) y Kati (la luna) y cierto culto dedicado a la naturaleza(bosques, ríos,  animales) 

Economía: la sociedad Miskitu está representada por una agricultura de subsistencia, completada con trabajos asalariados estacionales que en los últimos años, la industria langostera ha generado oportunidad de empleo para unos 700 hombres Miskitu, quienes trabajan de buzos y cayuqueros para empresas langostero

Ubicación geográfica: los Miskitus viven en unas 300 comunidades rurales  localizadas en el departamento de Gracias a Dios, zona de la Mosquitia. Su población supera los setenta y cinco mil habitantes

Pueblo Garifuna

El pueblo garífuna. Cultura: sus características sociales y culturales se manifiestan por su estructura familiar y social tan peculiar y arcaicas, la cual no ha sufrido muchos cambios en los últimos años. Todavía comparten su idioma, danzas circulares, prácticas religiosas


Sus formas de producción todavía se basan en el cultivo de subsistencia. A lo largo de la población existe un gran potencial de producción y en la mayoría de los casos la tierra es bastante fértil para la siembra, sin embargo los únicos que se involucran en esto son las personas de edad por que los jóvenes opinan que la siembra no es una buena fuente de ingresos.



Localización: y están concentrados en su mayoría a lo largo de la costa norte de Honduras en los departamentos de cortes, Atlántida, Islas de la Bahía, Colon y Gracias a Dios.



Política: los garífunas no creen en política porque consideran ser demasiado pacíficos opinan que pueden resolver sus problemas sin necesidad de la intervención de una fuerza policial, aunque solo en algunos casos, algunas comunidades cuenta con la presencia de un alcalde


Religión: es su mayoría profesan la religión católica


Pueblo Tawahka

El pueblo Tawahka, cultural y lingüísticamente, es un subgrupo perteneciente a los MISUMALPAS (Miskitu, Sumo, Matagalpa) de origen Macro chibcha, quienes en el pasado provinieron del sur del continente.


Actualmente se puede considerar que los Tawahka son el pueblo que por su ubicación se encuentran más alejados y de más difícil acceso desde la capital  de la república, pues, su hábitat funcional se rodeado de bosque tropical lluvioso, lo que imposibilita contar con una infraestructura carretera que lo comunique fácilmente con el resto del país


Su universo cultural se fundamenta en la solidaridad entre sus miembros, estrecha relación y equilibrio con la naturaleza; por lo cual se les considera como uno de los pueblos indígnenos capaz de  conocer el uso de 75% de las plantas de su entorno natural



Una de sus actividades productivas principales son : la agricultura de subsistencia, basada en el cultivo de yuca y otros tubérculos, plátanos (10 especies) , maíz, frijol, arroz y cacao; pesca, caza, elaboración de productos artesanales, construcción de cayucos, cría de ganado( vacuno y porcino) en menor escala





Pueblos Afro descendientes de Habla Inglesa

Se puede asegurar, que la población que hoy conocemos como negros de habla inglesa se ha conformado de población de negros africanos e ingleses, como efecto de la dinámica colonial que vivió la historia nacional, de estos últimos adoptan sus lengua y algunas costumbres


Los afro descendientes de habla inglesa o Isleños, habitan en los departamentos de Isla de la Bahía( municipios de Roatán, José Santo Guardiola, Utilla y Guanaja) en su mayoría, pero además tienen asentamientos en los departamentos de Cortes, Atlántida y Colon , en la zona de la costa atlántica en pequeños enclaves que se les conoce como barrios ingleses , donde comparten territorio con Garífuna y población no indígena


Mantienen un nivel de vida y de relaciones con el exterior muy diferente a las otras comunidades, a la vez que tienen unas oportunidades y potencialidades superiores a la mayoría; las estadísticas nacionales consideran al departamento insular como uno de los que tienen mayor ingreso per cápita, lo que no se dice es que hay una mala distribución de la riqueza, misma que se acumula en manos de unos poco empresarios del turismo y los mariscos


Las ocupaciones tradicionales de esta población son la pesca, micro empresarios que buscan incursionar en el campo del turismo, como mano de obra migrante en el caso de Gran Caimán o Jamaica y como empleados en distintas embarcaciones que surcan los mares del planeta; en los últimos años la población ha ido en busca de oportunidades de empleo, en embarcaciones extranjeras (se convierten en marinos), debido a la pocas oportunidades de empleo existentes en la zona o se trasladan por pequeños lapsos de tiempo a las islas Gran Caimán, Jamaica o a los Estados Unidos de América






Pueblo Pech

El  pueblo Pech además conocidos peyorativamente como Payas, tiene su origen aún desconocido; su evolución se pierde entre la historia y el mito , son lingüísticamente descendientes de sub grupos culturales Chibchas, ya que los hablantes de este idioma



Los Pech es un pueblo que actualmente está compuesto por 10 tribus (pueblos) que son: Vallecito Pueblo Bonito, Subirina, Agua Zarca, Culuco, Jocomico,Pisijirey brisas de Pisijire en el municipio de Dulce Nombre de Culmi; Santa María del Carbón en el municipio de San Esteban, departamento de Olancho; Silin  en el Municipio de Trujillo, departamento de Colon y Las Marías en la biosfera del Rio Plátano en el departamento de Gracias a Dios. Hoy en día, la mayoría de estas comunidades están comunicadas por carreteras, caminos y veredas


Los Pech depende de la agricultura de tala y roza, caza y pesca para subsistencia, sus cultivos principales son la yuca, los frijoles y el maíz, del cual elaboran comidas, bebidas alimenticias y embriagantes.

Siendo empleos conocedores de la botánica naturista y por el hecho de estar enclavados en las entrañas mismas de la selvas lluviosas de Colon, Gracias a Dios y Olancho, las comunidades Pech representan un potencial casi excepcional para el manejo y aprovechamiento de los recursos de estos bosques tropicales





Derechos Humanos y Pueblos Indígenas y Afro hondureños
La historia de los pueblos indígenas y afro hondureños están marcadas por la discriminación racial, el genocidio, etnocidio, la exclusión estructural  de  los procesos de desarrollo del país y es debido a esa exclusión y al desconocimiento generalizado de los derechos de estos pueblos que hoy por hoy se cometen violaciones a sus derechos humanos materializándose particularmente en la negación de su derecho de autodeterminación, autonomía para el manejo de sus recursos naturales, derecho a sus tierras y territorios para citar un ejemplo.
El convenio No. 169 de la organización Internacional del Trabajo es un documento jurídico vinculante que reconoce y salvaguarda  los derechos de los pueblos indígenas y tribales. En su artículo 3 este  convenio indica:
Artículo 3
1. Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación, Las disposiciones de este Convenio se aplicarán sin discriminación a los hombres y mujeres de esos pueblos. 
2. No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o de coerción que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos interesados, incluidos los derechos contenidos en el presente Convenio.


El 13 de septiembre de 2007, 144 estados entre ellos Honduras aprobaron la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
El documento hace hincapié en el derecho de los pueblos indígenas a vivir con dignidad, a mantener y fortalecer sus propias instituciones, culturas y tradiciones y a buscar su propio desarrollo, determinado libremente de conformidad con sus propias necesidades e intereses
Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas
Articulo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas en la Carta de las Naciones Unidas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las normas internacionales de derechos humanos.



Artículo 2
Los pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos  los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.
Artículo 6
Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 7

1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.

2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.





Entre los derechos colectivos de los pueblos indígenas también aplicables a los pueblos afro hondureños podemos mencionar algunos como ser:
 Derecho a la  participación y a la consulta
Dentro del convenio No. 169 de la organización internacional del trabajo sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes

Artículo 7
1. Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe el proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.





Artículo 6:
1 Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:
a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;
b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;
c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin. 
2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.



Por su parte la declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en sus artículos 18, 19 y 23 también hacen referencia al derecho a la participación y consulta que tienen los pueblos indígenas

Derecho consuetudinario
Las normas de los pueblos indígenas, originarios y comunidades campesinas, constituyen en conjunto su propio derecho, compuesto principalmente por normas de costumbre (derecho consuetudinario) que van creando precedentes por la repetición y por la práctica cotidiana, llegando a ser de observancia general y de cumplimiento obligatorio por ser entendibles, conocidas y aceptadas por todos los miembros de la comunidad

Derecho a la libre Determinación
La falta de acceso al territorio ancestral impide el ejercicio del derecho de los pueblos indígenas y tribales a la libre determinación



Derecho a la Identidad e Integridad Cultural

Mantenerse y perpetuarse como pueblos culturalmente diferenciados es un derecho inalienable de estos pueblos y por tanto un derecho humano fundamental, según la OIT, los estados deberán “reconocer y respetar la identidad cultural y la deben tener en cuenta antes de adoptar medios o proyectos que puedan afectar a los pueblos indígenas”

Derecho a la no Discriminación y a la Igualdad ante la Ley

Dentro de este derecho se incluye la no

Discriminación legal
Discriminación interpersonal
Discriminación institucional
Discriminación histórica


Derecho a sus propios sistemas de Justicia

Declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos Indígenas


Artículo 33

1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones.
Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.


2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.

Artículo 34

Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.



La suma total de las instituciones jurídicas constituyen un sistema el sistema jurídico de los pueblos indígenas es aquel sist
CAZABE